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México

Propone Colosio abrir atención médica a menores sin derechohabiencia

El senador Luis Donaldo Colosio, integrante del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, propuso que niñas y niños menores de 5 años tengan acceso inmediato y sin restricciones al hospital público más cercano o más capacitado para atender su emergencia médica independientemente de su derechohabiencia.

El legislador dijo que nunca más se debe permitir que un niño o una niña muera por falta de acceso oportuno a servicios de salud o porque el hospital más cercano no era el que le correspondía o porque no tenía seguridad social.

“No hay urgencia más urgente que la de un niño pequeño luchando por su vida. No hay angustia más grande que la de una madre, un padre o un cuidador que ve a su hijo o hija de menos de cinco años padecer fiebre, vómito, dificultad para respirar, y que, a pesar de la gravedad, no sabe si encontrará atención médica a tiempo, si el hospital que tiene cerca podrá recibirlo, si el sistema público le dará una respuesta antes de que sea demasiado tarde”, expuso.

“Sabemos que en salud cada minuto cuenta, pero en el caso de las infancias pequeñas, cada segundo puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte. Su fisiología, su metabolismo y su capacidad de reacción son distintas. Lo que para un adulto puede ser una molestia, para un menor de cinco años puede convertirse en una urgencia vital”.

El senador por Nuevo León aseguró que esta propuesta no requiere de grandes presupuestos ni de nuevas infraestructuras sino únicamente voluntad política para poner por delante la vida y la dignidad de las infancias.

“Con esta reforma queremos que el país entero escuche un mensaje claro: que en México, ante una urgencia médica, las puertas del sistema público estarán abiertas para las y los más pequeños, sin trabas, sin excusas, sin condiciones”.

La iniciativa propone agregar un segundo párrafo a la fracción VI del Artículo 61 de la Ley General de Salud para establecer que: “En el caso de las personas menores de cinco años, el Estado garantizará su atención integral en cualquier institución pública de salud, con independencia de la derechohabiencia de la que goce el menor o la ausencia de ella”.

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